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Quiénes están obligados a llevar la contabilidad
31 de Marzo de 2016

La contabilidad de una empresa es uno de los factores que determinan su estabilidad y continuidad. Desde nuestra asesoría laboral en La Gomera, aprovechamos estas líneas para explicarte quienes están obligados a llevar un control de la contabilidad.

En nuestro país, el artículo 25 del Código de Comercio establece que todas las empresas tienen la obligación de llevar un control y registro de todas sus actividades mercantiles y financieras. Esta contabilidad se presentará de forma ordenada para que permita un seguimiento cronológico de todas sus actividades. Las empresas que se encuentren obligadas a llevar contabilidad tienen que presentar en el Registro Mercantil; un libro diario otro de inventarios y las cuentas anuales. Por lo tanto las sociedades limitadas, anónimas, laborales y cooperativas deben registrar todas las operaciones que realicen.

Este mismo código establece que la contabilidad debe ser llevada por los empresarios o por otras personas debidamente autorizadas. Te recomendamos que dejes esta labor en manos de los profesionales de nuestra asesoría laboral en La Gomera.

No están obligados a llevar contabilidad ni los asalariados ni las personas que ejercen una profesión liberal. Tampoco están obligados los ganaderos y agricultores que vendas sus productos en estado natural.

Para finalizar, nos gustaría recordarte que un buen control de la contabilidad te proporciona información financiera para poder tomar decisiones. Te permite tener un control absoluto de tu empresa y anticiparte a situaciones difíciles.

En Asesoría Técnica Cubas ofrecemos servicios contables, fiscales y jurídicos, te dispensamos un trato personalizado. Somos un equipo multidisciplinar con una sólida formación jurídica, laboral y financiera,

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